No carguemos las tintas exclusivamente contra el juez Peinado: él es solo el ariete de una descomposición institucional mucho más profunda. Este magistrado ha demostrado por activa y por pasiva mucho más que una simple falta de competencia para ejercer la magistratura. Conviene recordar de quién estamos hablando. No de un togado conocido por la contención institucional o por la exquisitez de sus formas, sino de alguien que, en una resolución judicial, llegó a comparar al presidente del Gobierno con Fernando VII, uno de los monarcas más desacreditados de nuestra historia. No estamos hablando de una simple licencia retórica ni de una observación desafortunada, sino de un infame ataque personal completamente ajeno al objeto procesal.
Para canalizar tales pulsiones viscerales y vengativas, existen foros mucho más adecuados. Quien, olvidando que el juzgado es un escenario solemne y no un plató para el vituperio, introduce invectivas políticas que nada tienen que ver con el Derecho, renuncia voluntariamente a la autoridad moral necesaria para exigir delicadeza a sus críticos. Por eso resulta comprensible que muchos se pregunten qué puede explicar su encarnizamiento hacia la ciudadana Begoña Gómez. ¿Maldad patológica, odio furibundo al marido de ella, una patética sumisión al clima de polarización tóxica que define nuestra época, una anomalía mental más profunda o acaso el afán de pordiosear el eco mediático para compensar unos complejos que saltan a la vista?
Sea cual sea la explicación a sus arbitrariedades y arrebatos, lo que sí es indudable es que la audiencia provincial de Madrid ostenta la responsabilidad última sobre las tropelías perpetradas en el juzgado de instrucción número 41, presidido por un magistrado que actúa de espaldas al espíritu constitucional, a los derechos humanos fundamentales y a los principios más elementales de un Estado de derecho. Al erigirse como el verdadero contrapoder, esta instancia tiene la obligación ineludible de frenar esta instrucción malintencionada que supone una burla degradante a la administración de justicia. Es la audiencia, al permitir que este juez cabalgue a sus anchas, la que carga con el peso de este despropósito. No la exime de responsabilidad el haber corregido algunas resoluciones; la cuestión no es si ha enmendado este o aquel exceso, sino por qué, después de tantas señales de alarma, el magistrado insiste en su espuria metodología y la instrucción, continúa su deriva, al margen de toda contención jurídica.
Uno termina preguntándose si algunas de esas rectificaciones buscan realmente poner fin a los abusos o simplemente evitar el escándalo que provocaría no corregir ninguno. Mientras, el Consejo General del Poder Judicial —tan ágil a la hora de tachar de “críticas generales” cualquier cuestionamiento a la labor judicial— observa impasible cómo su pasividad termina de quebrar la imagen de nuestra justicia. Si este juzgado actúa de manera desbocada, contraviniendo los mínimos éticos y dañando con saña a la víctima, es porque la Audiencia no corrige definitivamente su desviación de los cauces procesales legítimos y su inacción se transforma en una vergonzosa complicidad institucional.
Los miembros de esta instancia quedan inscritos en la galería de la infamia por su pasividad frente a las gamberradas y la chulería de un magistrado que parece haber confundido su juzgado con un escenario de venganza personal. La Audiencia provincial ha tenido que corregirle en repetidas ocasiones, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló una sanción de 5.000 euros impuesta al abogado de la defensa y el propio Tribunal Supremo frustró su intento de imputar a un ministro del Gobierno, reprochándole la ausencia del más mínimo respaldo indiciario y la omisión de información relevante. Aun así, nada parece suficiente para que los mecanismos de control reaccionen con la contundencia que exige la gravedad de los hechos. Porque los verdaderos cómplices de este despropósito no son quienes lo denuncian, sino quienes tienen la obligación de impedirlo y no lo hacen.
Los ejemplos de excentricidades han sido numerosos. Ahí queda la citación del presidente del Gobierno para preguntarle si su esposa era efectivamente su esposa —un ejemplo de mala praxis en el que el golpe de efecto se impuso al interés procesal—; la obstinación en mantener viva la causa a cualquier precio, incorporando nuevos frentes de investigación cada vez que los anteriores quedaban desacreditados; la práctica, expresamente proscrita por nuestro ordenamiento, de buscar primero al sospechoso y después el delito —la llamada investigación prospectiva—; o la decisión desproporcionada de mantener la retirada del pasaporte a costa de sembrar sospechas sobre los propios agentes encargados de la escolta policial, llegando a insinuar que quienes tienen la obligación de impedir una fuga podrían facilitarla. Y esto no es más que una pequeña muestra. Mientras tanto, la Audiencia permanece ausente, provocando una desafección absoluta hacia nuestra administración de justicia.
Más allá del cúmulo de estridencias, lo verdaderamente intolerable es la infundada acusación que se cierne sobre la señora Gómez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación. Resulta inviable sostener la tesis de un tráfico de influencias, puesto que tal imputación se cimentaba sobre la supuesta ilegalidad en la creación de la cátedra codirigida por la investigada. Lejos de ello, la constitución de dicha cátedra se ajustó estrictamente a lo dispuesto en la normativa de la Universidad Complutense y en el marco universitario general.
Del mismo modo, la unidad central operativa de la Guardia Civil ha descartado la existencia de pagos en negro, comisiones o movimientos anómalos en sus cuentas: una facturación de 17.000 euros a la institución en el transcurso de dos años resulta, a juicio del cuerpo policial, técnica y materialmente «incompatible» con cualquier pretensión de enriquecimiento ilícito. Para colmo, la guinda de este endiablado pastel la pone la perspectiva de un jurado popular; una quimera en el clima actual, pues resulta imposible encontrar ciudadanos ajenos a la contaminación mediática que ha alimentado este proceso.
La pregunta y la sospecha son obvias: ¿Qué no habrá hecho este individuo a lo largo de su historia como juez viendo la impunidad con que actúa a la vista de todos? Visto el grado de cinismo imperante, no sorprendería que, en lugar de un expediente, le reserven a este juez díscolo un hueco en el callejero; al fin y al cabo, si le dieron una medalla al criminal de la motosierra, ¿por qué no dedicarle una avenida en agradecimiento a sus inestimables servicios a la instrucción procesal? No faltan manos temblando de deseo en la derecha. La ironía puede parecer excesiva, pero los precedentes invitan a tomársela en serio.
Durante la instrucción de la operación Lezo salieron a la luz conversaciones en las que se hablaba sin rubor de jueces y fiscales colocados “a la carta”. Resulta escandaloso, para quien escuche sus vergonzosas palabras, que uno de los protagonistas de aquellas grabaciones, Enrique Arnaldo, lejos de ser objeto de imputación judicial, acabara siendo nombrado magistrado del Tribunal Constitucional en 2021. Su nombramiento se inscribe en una trayectoria marcada por la impunidad; una mácula para la institución y un crudo recordatorio de hasta qué punto determinadas conductas pueden verse recompensadas en lugar de sancionadas.
Y, más allá del fallo judicial, es imperativo recordar que, en este atropello, en ese ejemplo patente de lawfare, aparte del destrozo institucional, hay una víctima a quien debemos nuestro respeto y solidaridad. Una víctima sometida a un proceso que, lejos de buscar justicia, se ha convertido en un ejercicio de escarnio público.


